MCA y AECIM organizan el 27 de septiembre una jornada sobre subvención de Industria 4.0 para automoción
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Sesión informativa en forma híbrido, presencial y on line

MCA y AECIM organizan el 27 de septiembre una jornada sobre subvención de Industria 4.0 para automoción

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Se trata de unas subvenciones que tienen como objetivo apoyar a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid para la integración de la Inteligencia Artificial en sus cadenas de valor. Foto: Industrias Ges
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MCA (Madrid Clúster de Automoción) y AECIM, Asociación de Empresarios del Metal de Madri, organizan el 27 de septiembre, de 12:00 a 14:00, una jornada informativa sobre subvenciones para Industria 4.0 en la Comunidad de Madrid. La sesión tendrá lugar en formato híbrido, es decir, tanto de forma presencial 

(inscripciones aquí)  como en formato on line (inscripciones aquí).  La Consejería de Digitalización de la Comunidad de Madrid ha publicado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial aplicada a la industria.

 

El próximo viernes, se abordarán los pormenores de esta convocatoria, en una sesión con el siguiente programa:

 

12:00h  Bienvenida e introducción.

D. José María Roncero, Secretario General de AECIM.

12:05h Subvenciones para inteligencia artificial aplicada a la industria.

D. Ignacio Azorín, Director General de Estrategia Digital de la Comunidad de Madrid.

12:30h  Solicitud de las subvenciones

D. Eduardo Rodríguez, Letrado del Área Jurídica de AECIM.

12:45h Caso de éxito

D. Patxi López, Director de Transferencia Tecnológica de Tekniker.

13:00h Ruegos y preguntas. 

 

Se trata de unas subvenciones que tienen como objetivo apoyar a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Madrid para la integración de la Inteligencia Artificial en sus cadenas de valor, participando en la financiación de proyectos de desarrollo experimental cuyo estado de madurez tecnológica (TRL) se corresponda con los niveles 6, 7 y 8.

 

El plazo de solicitud se extiende desde el 4 de septiembre hasta agotar fondos o en caso contrario, hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 7.695.000 €.

 

Los beneficiarios serán aquellas pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, independientemente de su forma jurídica. Serán aquellas que ocupen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no supere los 50 millones de euros o bien su balance general anual no sea superior a 43.000.000 de euros. Las entidades solicitantes deben estar dadas de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas. No podrán ser beneficiarias las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las asociaciones y las fundaciones.

 

El plazo de ejecución de los proyectos deberá haber finalizado, como máximo el día 30 de junio de 2025.

 

Gastos subvencionables

La imputación de gastos de personal está limitada a la contratación nueva de personal temporal y a los costes de personal indefinido. La imputación de gastos de equipamiento está limitada a los costes de amortización de equipamiento nuevo que es necesario para la ejecución de los programas.

 

La imputación de gastos de obras civiles está limitada a obras de acondicionamiento necesarias para la puesta en marcha de equipamiento adquirido con cargo a los programas. La imputación de otros gastos está limitada a gastos no recurrentes y estrictamente relacionados con la ejecución de los programas. Se podrán imputar costes indirectos hasta un 15% de la suma de los costes directos.

 

Cuantía e intensidad

La subvención máxima por solicitud y empresa beneficiaria será de 200.000 €.

 

El porcentaje de subvención sobre el presupuesto total del proyecto será del 25% de los gastos subvencionables, porcentaje que podrá ser incrementado hasta un 60% de acuerdo a lo siguiente:

  • Un 10% adicional si la entidad solicitante es una mediana empresa.
  • Un 20% adicional si la entidad solicitante es una pequeña empresa.
  • Un 15% adicional si la entidad solicitante se compromete a difundir los resultados del proyecto por medio de conferencias, publicaciones, bases de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.

 

La entidad solicitante podrá presentar tantas solicitudes como proyectos vaya a realizar. El procedimiento de concesión será mediante concurrencia competitiva simplificada, estableciéndose como criterio para establecer la prelación de las solicitudes válidamente registradas únicamente la fecha de presentación de la documentación completa.

 

 

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